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Las preguntas más frecuentes sobre el certificado de eficiencia energética

24 septiembre, 2014 Servicios

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HEVITOP, ha recopilado las preguntas más frecuentes sobre el certificado energético, con el fin de poder resolver todas tus dudas, antes de realizar o encargar tu certificado energético de viviendas.

¿Qué es la certificación energética de edificios?

Es el proceso y mecanismo por el cual se obtiene el certificado de eficiencia energética. Para la obtención del certificado energético de tu vivienda o local, es necesaria la visita de un técnico al domicilio para que pueda obtener los datos de campo para posteriormente procesarlos y calcular y registrar en la administración el propio certificado expedido.

¿Qué se entiende por certificado de eficiencia energética?

Es el resultado del proceso de la certificación energética de la vivienda o local que con anterioridad se ha visitado y se ha realizado una serie de cálculos.

El certificado de eficiencia energética recoge toda la información sobre los elementes constructivos del inmueble y sus instalaciones, siendo el propio certificado quien otorga al inmueble una evaluación y calificación en función del consumo de energía y emisiones de dióxido de carbono a la atmósfera.

¿Cuándo entra en vigor?¿Y la obligatoriedad?

Según el R.D 235/2013 se establece la obligatoriedad a partir del 1 de Junio del 2013 de poner a disposición de los compradores o arrendatarios de los inmuebles el certificado de eficiencia energética del mismo.

¿Quién está obligado a obtenerlo?

Los propietarios de los inmuebles, que pongan en venta o en alquiler y que no dispongan del certificado vigente, son los responsables de obtener dicho certificado de eficiencia energética.

Además desde el año 2007, es obligatorio el certificado energético para edificios de nueva construcción, por tanto, todas aquellos que se han edificado después de dicho año, deben contar con su calificación energética.

¿Qué es la calificación energética?

Es el distintivo el cual se le asocia una etiqueta, la cual recoge el resultado calificativo obtenida en la certificación. Con un código de color se clasifica los inmuebles según la escala energética establecida por el marco europeo que va desde la A (inmueble más eficiente) a la G (inmueble menos eficiente).

Es decir, se le puntúa entre una calificación (de la A a la G), según el consumo de energía y emisiones de dióxido de carbono a la Atmósfera.

Es necesario obtener una calificación energética mínima del inmueble?

No, el Real Decreto únicamente te obliga a la obtención de la calificación energética, aunque en el propio certificado energético el técnico competente expondrá una serie de mejoras para tener una calificación energética más valorada.

¿Cuándo debo mostrar o incluir el certificado energético?

Según lo establecido en el R.D 235/2013 la calificación energética de una vivienda debe de ser incluida en toda oferta, promoción y publicidad al arrendamiento o venta de un inmueble. En el caso del alquiler el propietario deberá adjuntar una fotocopia en el contrato de arrendamiento. En cambio, en caso de venta, el vendedor deberá entregar al comprador el certificado energético original.

¿Cuál es el periodo de validez del certificado de eficiencia energética?

El periodo de validez es de 10 años, a partir de que el propio certificado es registrado en la administración correspondiente. Es responsabilidad del propietario renovarlo.

Además el propietario de forma voluntaria podrá expedir un nuevo certificado de eficiencia energética cuando considere variaciones oportunas en su inmueble que puedan modificar la calificación obtenida.

¿Qué precio tiene expedir un certificado de eficiencia energética?

El coste de eficiencia energética no lo establece la normativa, por lo que no existe actualmente tarifas establecidas para esta labor, aunque puedes pedir presupuesto en HEVITOP, sin compromisos, el cual establecemos las tarifas dependiendo de la superficie a calificar.

¿Quién puede Realizar el certificado de eficiencia energética?

Según establece el Real Decreto 235/2013, los técnicos competentes son aquellos en posesión de las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para la redacción de proyectos, dirección de obras o dirección de ejecución de obras, según estable la Ley 38/99, de 5 de Noviembre, de Ordenación de la edificación.

Estas titulaciones son: arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico.

¿Dónde debo Registrar el certificado de eficiencia energética?

El certificado debe de ser registrado de forma obligatoria para que tenga validez, así lo establece R.D 235/2013, en el órgano competente habilitado en cada comunidad autónoma.

¿Es necesario realizar el certificado de eficiencia energética si el inmueble está alquilado actualmente?

Si el contrato de arrendamiento está expedido antes de la entrada en vigor del R.D 235/2013 del 1 de Junio no es necesario obtener el certificado, así como tampoco en el caso de que el contrato de arrendamiento se renueve al mismo inquilino. Por el contrario, para todos aquellos nuevos contratos de arrendamientos expedidos posteriormente al Real Decreto anteriormente mencionado.

¿Cuáles son las infracciones en el caso de no obtener el certificado de eficiencia energética?

Existe una serie de sanciones establecidas, las cuales puedes consultar en la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbana.

Espero que esta recopilación de las preguntas más frecuentes sobre el certificado de eficiencia energética haya sido de su interés, no obstante si se le plantea cualquier otra cuestión y quiere obtener el certificado de eficiencia energética no dude en contactar con HEVITOP, profesionales encantados de poder ayudarles.

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